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Asuntos Laborales trató la iniciativa para sancionar y erradicar la violencia contra el personal del sistema sanitario

La inclusión de un artículo en el código contravencional de faltas, definiciones respecto al tipo de violencia que puede sufrir un agente sanitario durante su jornada laboral y situaciones en las cuales se debe delimitar la aplicación de la normativa para no interferir con el ámbito judicial fueron algunos de los puntos centrales sobre los cuales la comisión de Asuntos Laborales comenzó a debatir la creación de un régimen específico de prevención y protección del personal de Salud ante situaciones de violencia, proyecto elevado por el gobernador Rolando Figueroa el pasado 1ro de marzo durante la apertura de sesiones.

Al iniciar el debate, el presidente de la comisión, Francisco Lepore (Avanzar) justificó la necesidad de contar con una normativa que proteja al personal de salud ante la proliferación de situaciones de violencia física o verbal que padecen los agentes y profesionales al momento de entender a pacientes o familiares de pacientes dentro de un establecimiento sanitario. En ese sentido, sostuvo que “la ley tiene un objetivo claro y ese es erradicar los distintos tipos de violencia hacia el personal de salud”.

En su intervención, el diputado Marcelo Bermúdez (PRO-NCN) pidió “pulir” la normativa respecto a cuestiones del orden sancionatorio. Explicó que los temas “punitivos son redundantes” y que, más allá de la inclusión de un artículo en el código contravencional que fije multas y hasta el arresto de una persona, su incorporación es “simbólica”. Así lo indicó al manifestar que el actual código contravencional “no existe y no hay juez de paz que lo instrumente”. 

El legislador también alertó que se debe especificar y acotar los conceptos que definen los tipos de violencia: sobre todo en lo que respecta a la propiedad, para no confundir bienes personales de bienes públicos; y circunscribir las agresiones verbales y físicas al ámbito de trabajo, ya que fuera del espacio laboral, se aplicarían los criterios y penalidades que aplica la justicia penal.

A su turno, la diputada Brenda Buchiniz (Cumplir) cuestionó la utilización de leyes específicas para prevenir y erradicar la violencia que se ejerce contra distintos agentes y empleados del Estado. “Hay muchos colectivos que son agredidos o que reciben tratos violentos”. En ese sentido, desaconsejó crear legislación para determinados casos al observar que en un futuro se tendrán que sancionar leyes similares para el personal de seguridad, para los agentes judiciales, personas que atienden dispositivos de atención y hasta para los propios diputados.

Al focalizar sobre el articulado, la legisladora también advirtió sobre la superposición que puede generar el orden de intervención al no quedar saldado si algunos casos de violencia le corresponden al ámbito administrativo, al contravencional o a la Justicia penal. Al respecto, aclaró que en su artículo 6to, la iniciativa define medidas de protección como “la prohibición de contacto o de acercamiento”, medidas de restricción que sólo puede aplicar el sistema judicial.

A su turno, Andrés Blanco (PTS-FIT-U) pidió ahondar en las causas sociales que devienen en la generación de situaciones de violencia dentro de un lugar o espacio público. Por caso citó la falta de recursos o de personal que puede tener una instalación sanitaria al momento de tener que atender a una persona que requiere atención médica. No obstante, repudió cualquier situación de violencia que afecte al personal del sistema sanitario y recomendó invitar a trabajadores de la salud para conocer su opinión sobre el tema.

Para continuar el tratamiento, el cuerpo definió invitar a autoridades de la cartera sanitaria, trabajadores del sistema de salud y a gremios que representan a los profesionales de la medicina para conocer su punto de vista respecto de la iniciativa.

Neuquén, 10 de marzo de 2026.-