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Proponen constituir un Comité de Ética Pública y una Dirección Anticorrupción

El bloque de diputados de Unión por la Patria presentó un proyecto de ley para crear un Comité de Ética Pública y una Dirección Provincial Anticorrupción en el ámbito público para establecer un mecanismo de recepción de declaraciones de funcionarios, delimitar incompatibilidades laborales, recibir y tramitar denuncias concernientes a la ética pública y resolver sobre faltas graves que pueden determinar la inhabilitación para ejercer un cargo. 

Al hacer mención a los deberes que un funcionario público debe cumplir, la normativa prevé la no utilización de instalaciones o recursos monetarios del Estado para beneficio particular o de familiares, abstenerse de intervenir en asuntos donde tenga conflictos de intereses, no acumular cargos en la función pública o recibir dádivas o regalos –salvo obsequios de cortesía-, entre otros puntos. 

Respecto a las incompatibilidades, indica que tanto funcionarios, empleados como autoridades electas no podrán pertenecer o formar parte de empresas proveedoras del Estado, ni por sí ni por terceros. Tampoco estarán habilitados para ejercer la abogacía o la procuración contra la propia provincia o acumular cargos públicos en los tres poderes, entes autárquicos, órganos de control o en empresas con participación estatal. 

En igual sentido, recaerá en el Comité de Ética Pública la recepción de las declaraciones juradas, cuya presentación alcanzará tanto al funcionario como a su cónyuge, conviviente e hijos menores. La iniciativa advierte que su no presentación amerita una falta grave pasible de suspensión. Aclara que el documento será de carácter público y la ciudadanía podrá acceder al mismo si previamente justifica la necesidad de su apertura. El Comité también deberá recibir y tramitar denuncias, investigarlas y elaborar un registro de sancionados e inhabilitados.

Por su parte, la Dirección Provincial Anticorrupción tendrá por función recibir y gestionar las declaraciones juradas, impulsar acciones tendientes a prevenir la corrupción y hacer efectivas las responsabilidades por actos contrarios a la ética pública. En tanto que el Comité se desempeñará de manera autónoma y estará integrado por representantes de los tres poderes del Estado, un matriculado del Colegio de Abogados y un referente de organizaciones de derechos humanos. 

Cabe destacar que la norma deroga la ley N°5, sancionada en 1958 para establecer un régimen básico de declaraciones juradas patrimoniales. Recuerda en sus fundamentos que esta normativa, vigente desde hace más de 65 años, resulta claramente insuficiente para abordar la complejidad de los desafíos que presenta en la actualidad la ética pública.

En ese sentido, el proyecto propone un nuevo marco normativo que impone estándares y exigencias en materia de transparencia, prevención de la corrupción y control ciudadano para la función pública. Al respecto, añade que la corrupción no sólo afecta la legitimidad de las instituciones, sino que tiene un impacto directo en la calidad de vida de los ciudadanos al desviar recursos que deberían destinarse a servicios esenciales.

El proyecto (17341) ingresó por Mesa de Entradas el 26 de noviembre con la firma de los legisladores Darío Martínez, Darío Peralta y Lorena Parrilli (UxP).