El legislador Darío Peralta (UxP) presentó un proyecto de comunicación para que los legisladores nacionales que representan a Neuquén se expresen en contra de la ley de reforma laboral, norma que impulsa el gobierno nacional en el Congreso. Así lo solicita al calificar a la iniciativa de obrar en perjuicio de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y de contradecir preceptos constitucionales vinculados a la protección del trabajo.
Recuerda en sus fundamentos que el 11 de diciembre del años pasado, el poder Ejecutivo nacional elevó al Senado el proyecto de Ley de Modernización Laboral, norma que busca modificar la ley de Contrato de Trabajo -N° 20.744-, de Asociaciones Sindicales -N° 23.551- e iniciativas que regulan las relaciones laborales en el país.
Entre los puntos controversiales, advierte que las modificaciones propuestas alteran el régimen de despido arbitrario y el cálculo para determinar indemnizaciones en detrimento del trabajador. Así lo establece al no incluir ni el aguinaldo, vacaciones, premios y otros conceptos a la base que se utiliza para fijar el promedio salarial que se utiliza para definir el monto indemnizatorio.
A ello agrega la creación de un Fondo de Asistencia Laboral para hacer efectivo el pago de eventuales indemnizaciones, el cual se sustenta a partir de un porcentaje de contribuciones patronales, recursos que en la actualidad se destinan a sustentar la Administración Nacional de la Seguridad Social, con el consecuente impacto previsional que esta quita puede significar sobre el sistema previsional.
La nueva norma también establece un banco de horas para compensar horas extraordinarias de trabajo, lo que elimina el concepto de pago por horas adicionales. De igual modo, se habilita la ampliación de la jornada laboral hasta un máximo de doce horas diarias mediante acuerdo entre empresas y sindicatos, superando el límite de ocho horas que rige actualmente.
Otro punto en debate es la ampliación de servicios considerados esenciales y los efectos que este cambio implica al momento de ejercer el derecho a huelga. La nueva legislación incorpora a esta categoría a las telecomunicaciones, la aeronáutica comercial, el control de tráfico portuario, los servicios aduaneros y migratorios, y a la educación en todos sus niveles excepto el universitario. Lo que implica una obligatoriedad para mantener una prestación mínima del 75% del servicio.
El proyecto (18134) ingresó por Mesa de Entradas el 30 de enero.