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Asuntos Laborales consensua cambios a la ley de guardavidas

La comisión de Asuntos Laborales ultima detalles para aprobar la iniciativa que regula la formación y actividad de los guardavidas en la provincia. La intención del cuerpo es invitar para la próxima reunión a Ariel Tarifeño, responsable del sindicato nuclea a los trabajadores de la actividad y consultarlo respecto a los cambios introducidos en la normativa que rige el ejercicio de la profesión en lagos, ríos y piletas de la región. 

Durante la reunión, Brenda Buchiniz (Cumplir) destacó el esfuerzo por consensuar un texto unificado con los distintos legisladores interesados en la temática y observó que la nueva ley incorpora la mayoría de los puntos debatidos por la comisión.

De esta forma, el articulado de la norma califica a la labor que realizan los guardavidas como una actividad de “alto riesgo” que requiere condiciones de seguridad y equipamiento adaptado al medio acuático en el cual deben ejercer su profesión. Aclara que la temporada en zonas balnearias se extenderá por un plazo mínimo de 120 días y será permanente en natatorios que funcionen todo el año. 

En ese sentido, implementa una jornada laboral de un máximo de seis horas, establece condiciones para que cada guardavida pueda capacitarse de manera continua y dispone la posibilidad de percibir una bonificación equivalente el 50% del salario mensual por tratarse de una actividad considerada “riesgosa”.

A la vez, el proyecto aclara que para ejercer cada profesional debe estar habilitado con un título reconocido por el Consejo Provincial de Educación, el cual le permita acreditar como mínimo de 12 meses y 1100 horas cátedra de formación. 

Además, también tiene que inscribirse en un registro específico para la actividad, contar con una libreta provincial de guardavida y presentar la aprobación del certificado de revalidación anual, evaluación que permita verificar la capacidad física y técnica para realizar la actividad      

Con respecto a la imposibilidad de alcanzar el régimen de horas cátedra previsto, la normativa prevé la posibilidad de completar la formación mediante prácticas supervisadas de prevención y rescate acuático hasta alcanzar el objetivo requerido. 

De igual modo, sostiene que cada trabajador debe ser encuadrado conforme a la función que desempeña y asegura que en caso de efectuar una prestación de tipo estacional, cada temporada que el profesional complete equivaldrá a un año en concepto de antigüedad laboral. Esta equiparación no se traslada al régimen previsional.

Neuquén, 20 de octubre de 2026.-